
Un inquilino alojado desde hace más de seis meses en una estructura de emergencia presenta una solicitud de vivienda social. No recibe ninguna respuesta adecuada. El dispositivo DALO existe precisamente para este tipo de situación: permite hacer reconocer su derecho a una vivienda digna cuando los trámites clásicos no han dado resultado.
El derecho a la vivienda opositivo, instaurado por la ley del 5 de marzo de 2007, designa al Estado como garante de este derecho. Concretamente, un solicitante puede acudir a una comisión de mediación departamental para que su solicitud sea reconocida como prioritaria. Si la comisión lo reconoce, el prefecto debe proponer una vivienda adecuada en un plazo de seis meses.
Plazos de reubicación DALO: lo que revela la jurisprudencia europea reciente
La mayoría de las guías sobre el DALO detallan los criterios de elegibilidad y el procedimiento de presentación. Pocos abordan la cuestión que realmente preocupa a los solicitantes: ¿cuánto tiempo hay que esperar después de una decisión favorable?
La sentencia Eisenauer y otros c. Francia, emitida por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos el 12 de mayo de 2026, aporta una luz brutal. Varias personas reconocidas como prioritarias DALO en la región parisina (París, Sarcelles, Vitry-sur-Seine) han esperado entre casi tres años y hasta ocho años antes de ser efectivamente reubicadas. El TEDH ha caracterizado una violación relacionada con los plazos de ejecución, no solo con las condiciones de acceso.
Para un solicitante, esta decisión cambia las reglas del juego. Proporciona un argumento jurídico adicional que se puede utilizar ante el tribunal administrativo si el Estado tarda en cumplir su propia obligación de reubicación. En Île-de-France, entender las condiciones de atribución de la vivienda DALO ya no es suficiente: también hay que anticipar el litigio en caso de no reubicación.

Recurso DALO ante la comisión de mediación: criterios y situaciones reconocidas
¿Ocupa una vivienda insalubre desde hace meses sin respuesta de su arrendador? ¿Está amenazado con desalojo sin solución de reubicación? Estas son exactamente las situaciones que dan derecho al recurso DALO.
Antes de presentar un expediente, se deben cumplir simultáneamente tres condiciones básicas:
- Residir en Francia de forma regular (nacionalidad francesa o título de residencia en curso de validez, sin condición de antigüedad del título)
- No poder acceder por sus propios medios a una vivienda digna e independiente, o mantenerla
- Respetar los límites de recursos exigidos para la atribución de una vivienda social
Con estas tres condiciones cumplidas, el solicitante también debe encontrarse en al menos una de las siguientes situaciones:
- No tener hogar
- Haber presentado una solicitud de vivienda social desde hace un tiempo anormalmente largo (este plazo varía según el departamento) sin propuesta adecuada
- Estar amenazado con desalojo sin reubicación
- Estar alojado en una estructura de alojamiento o en una residencia hotelera de vocación social desde hace más de seis meses consecutivos
- Ocupar una vivienda inapropiada para la habitabilidad, insalubre o peligrosa
- Ocupar una vivienda sobrepoblada o no digna con al menos un niño menor o una persona con discapacidad a cargo
Un punto a menudo pasado por alto: haber realizado al menos un trámite previo es requerido. Esto puede ser una solicitud de vivienda social, un aviso al servicio de higiene del ayuntamiento o un requerimiento enviado al propietario para realizar obras.
Expediente DALO y solicitud de la comisión de mediación: pasos concretos
El recurso DALO es un recurso amistoso. Se presenta ante la comisión de mediación (Comed) del departamento donde se encuentra la vivienda deseada. El formulario Cerfa específico está disponible en la prefectura o en línea.
El expediente debe contener los documentos que justifiquen la situación del solicitante: aviso de imposición, justificantes de domicilio, certificado de alojamiento o de no alojamiento, cartas de solicitud de vivienda social con su número único departamental. Cualquier documento que pruebe los trámites previos refuerza el expediente.
La comisión de mediación dispone de un plazo de tres a seis meses (según el departamento) para emitir su decisión. Si reconoce el carácter prioritario y urgente de la solicitud, transmite el expediente al prefecto. Este debe entonces designar al solicitante a un arrendador social para la atribución de una vivienda adecuada.
¿Qué hacer si no llega ninguna propuesta después de la decisión favorable?
Es aquí donde entra en juego el recurso contencioso. El solicitante puede acudir al tribunal administrativo si no se le hace ninguna propuesta de vivienda adecuada dentro del plazo establecido. El juez puede entonces ordenar al Estado que reubique al solicitante, bajo pena de multa.
Sin embargo, las sentencias del Consejo de Estado de julio de 2026 han endurecido los requisitos de prueba para obtener una indemnización. Concretamente, ya no basta con demostrar la ausencia de reubicación: el solicitante también debe documentar con precisión el perjuicio sufrido. En Île-de-France, el plazo para acudir al tribunal administrativo después de una decisión DALO favorable es de cuatro meses.

Diferencia entre DALO vivienda y DAHO alojamiento
El dispositivo abarca en realidad dos derechos distintos. El DALO se refiere al acceso a una vivienda permanente. El DAHO (derecho al alojamiento opositivo) se dirige a las personas que necesitan un alojamiento de emergencia o una acogida en una estructura adaptada.
La confusión entre ambos es frecuente. El DAHO se dirige a las situaciones más precarias, cuando la persona no cumple con las condiciones para una vivienda autónoma o cuando la urgencia exige una acogida inmediata. El procedimiento es similar (solicitud a la Comed), pero los plazos de respuesta y las soluciones propuestas difieren.
Un solicitante puede presentar un recurso bajo el DALO y otro bajo el DAHO simultáneamente si su situación lo justifica. Ambos caminos no se excluyen mutuamente.
El recurso DALO sigue siendo una herramienta poderosa para las personas mal alojadas, pero el reconocimiento prioritario no garantiza una reubicación rápida. Documentar cada paso de sus trámites, conservar toda la correspondencia y anticipar un posible recurso contencioso son los tres reflejos que protegen concretamente al solicitante a lo largo del procedimiento.